Pasos para Instalar un Ascensor en una Comunidad de Propietarios
Instalar un ascensor es la mejor solución para garantizar el acceso pleno tanto al interior de los edificios como a sus zonas comunes. Pero es también una cuestión que suele suscitar polémicas, sobre todo por el coste que representa y por no tener muy claro qué marcas de ascensores son mejores. Vamos a explicar cuándo es obligatoria la instalación y cuándo no, cuánto se tarda en tener el ascensor operativo y qué pasos es necesario realizar para disfrutar de la instalación.
- ¿Qué pasos se deben seguir para instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos?
- ¿Cuándo es obligatorio instalar un ascensor en una comunidad de vecinos?
- ¿Cuánto tiempo se tarda en instalar un ascensor?
- Cómo evitar la instalación de un ascensor
¿Qué pasos se deben seguir para instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos?
La instalación de un ascensor es un proceso largo, que requiere dar toda una serie de pasos y cumplir con unos trámites imprescindibles. Vamos a diferenciar, básicamente, dos fases: la previa a los trabajos de la instalación y la instalación del ascensor en sí.
1. Convocar la junta de propietarios
Lo primero es convocar junta de propietarios para discutir, votar y aprobar la instalación del ascensor, que debe contar con la mayoría a favor, salvo en el caso de que la obra sea necesaria obligatoria por cuestiones de accesibilidad.
2. Elegir la empresa instaladora
El segundo paso de esta fase es elegir a una empresa instaladora de ascensores. El consejo siempre es solicitar toda la información posible y diferentes presupuestos, ya que el precio de los ascensores puede variar de manera significativa de unas a otras.
3. Verificar la viabilidad de la instalación
Técnicos de la empresa elegida tendrán que realizar una visita al edificio para determinar si el proyecto es viable o no y en qué espacio se podría poner: patio de luces, hueco de escalera o exterior por fachada.
4. Elaborar un proyecto de obra
Con toda la información, la empresa elaborará un proyecto de obra que incluya datos técnicos (tipo de ascensor, características del equipo, de la cabina y las puertas, medidas de seguridad, etc.), así como presupuesto y plazo de ejecución. Si hay que tomar algún tipo de solución que implique obras extraordinarias, como modificación de la escalera, también se debe incluir.
5. Firmar el contrato de instalación
Si se aprueba el proyecto presentado, solo quedaría la firma del contrato con la empresa instaladora.
6. Solicitud de licencias de obras
Antes del inicio de las obras, la empresa solicitará las licencias oportunas ante el Ayuntamiento. También puede encargarse de la solicitud de las ayudas y subvenciones que conceden las administraciones públicas para la instalación de ascensores en comunidades de vecinos.
7. Obras para ejecutar el proyecto
Tras ello será necesario acometer las obras previas para la instalación del ascensor: construcción de foso y estructura portante, redistribución de las escaleras si fuera necesario y desvío de instalaciones de luz, gas o agua si es indispensable para ejecutar el proyecto.
8. Fabricación del ascensor
Con la estructura hecha se encarga la fabricación del ascensor. Mientras tanto, se procede a colocar revestimientos y acabados.
9. Instalación del ascensor
Los siguiente sería la instalación del aparato, aunque no es el final del proceso. Todavía queda su legalizar el ascensor en industria y la firma del contrato de mantenimiento de ascensores.
¿Cuándo es obligatorio instalar un ascensor en una comunidad de vecinos?
Los casos en los que la instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios es obligatoria están recogidos en la Ley de Propiedad Horizontal. Según esta normativa, esta obligatoriedad se da en tres circunstancias:
- Cuando lo solicite un propietario mayor de 70 años.
- Cuando lo solicite un propietario con discapacidad.
- En caso de que lo solicite una persona mayor de 70 años o
con discapacidad que viva, trabaje o preste servicios de voluntariado en la
vivienda.
En cualquiera de estos supuestos, la instalación del ascensor no solo es obligatoria, sino que no se necesita la aprobación del resto de los vecinos. De esta manera se da respuesta a la normativa en materia de accesibilidad.
Ahora bien, la norma establece también algunas cuestiones importantes que hay que tener en cuenta:
- Todos los vecinos están obligados a pagar su parte de la instalación del ascensor, incluso propietarios de viviendas situadas en planta baja o locales comerciales. A lo que no están estos obligados es a contribuir a los gastos derivados del precio de mantenimiento del ascensor.
- Las cuantía que cada vecino debe asumir será proporcional a su cuota de participación establecida en los estatutos de la comunidad.
- En cualquier caso, la derrama del ascensor no superará 12 mensualidades por vecino de cuota ordinaria de gastos comunes. Si el coste del ascensor es superior, es el solicitante o solicitantes quienes deben afrontar la diferencia, salvo que la comunidad apruebe por mayoría repercutir todo el coste entre los vecinos.
Cuando un vecino se niega a pagar el ascensor solo hay dos alternativas: iniciar un procedimiento judicial o dividir el coste de la instalación entre el resto de los propietarios. También puede ser que te preguntes si me pueden obligar a ceder parte de mi vivienda para poner un ascensor.
Sí que es cierto que existen algas situaciones de exención de pago del ascensor. En estas situaciones surge la pregunta de: ¿me pueden prohibir usar el ascensor?
¿Cuánto tiempo se tarda en instalar un ascensor?
No hay un plazo preestablecido para la instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios. Hay que tener en cuenta que cada edificio es muy diferente y que sus características determinarán la duración de los trabajos. Nunca se va a tardar lo mismo en instalar un ascensor en el hueco de una escalera que hay que adaptar para ello que en el caso de otro que va en fachada en una estructura autoportante. Ni se va a tardar lo mismo en instalar un ascensor en un edifico de tres alturas que en otro de quince.
En cualquier caso, y de manera genérica, las instalación del ascensor puede llevar entre cuatro y seis semanas de media. Si hay que hacer obras de adaptación, construir un foso o hacer algún tipo de cerramiento, se pueden prolongar algunas semanas más.
Pero esos plazos se refieren a la instalación del aparato. A ello hay que sumar el tiempo que se tarda en elaborar el proyecto, en tramitar y obtener todas las licencias necesarias y la fabricación del ascensor. Es decir, que todo el proceso de instalación se puede demorar varios meses.
Cómo evitar la instalación de un ascensor
Ante la pregunta de cómo evitar la instalación de un ascensor, la respuesta, en principio, es que las personas que no estén de acuerdo con la decisión de instalar un ascensor, deben notificar por escrito su disconformidad a la Comunidad de Propietarios en 30 días naturales. Posteriormente, tienen un plazo de 90 días desde la aceptación del acuerdo para llevarlo a los tribunales.
No es fácil evitar la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos. Lo más sencillo es que el proyecto no cuente con apoyo suficiente para su ejecución. La Ley de Propiedad Horizontal establece que el proyecto debe contar con la aprobación por mayoría de los propietarios del edificio que, a su vez, representen mayoría de las cuotas de participación.
Sin embargo, esta posibilidad queda invalidada en el caso de que la instalación del ascensor sea obligatoria. Es decir, cuando lo soliciten mayores de 70 años o personas con discapacidad que residan o trabajen en el edificio.
La otra forma de evitar la instalación del elevador es que este altere de manera significativa los elementos comunes del edificio, que suponga un perjuicio directo e importante para algún vecino en particular o que su instalación sea técnicamente inviable.
Y, finalmente, cabe la posibilidad de evitarlo si existe una alternativa más económica que esté recogida en el Código Técnico de la Edificación, como la instalación de una rampa o plataforma salvaescaleras.