¿Se puede pagar la derrama del ascensor en 12 mensualidades? ¿Cómo se aprueba su instalación en un edificio de vecinos? En este artículo despejamos todas tus dudas y te explicamos cuándo es obligatorio abonar la parte correspondiente a cada propietario, y cuándo no. Una guía completa sobre normativa, plazos y cantidades. ¡No te la pierdas!
En este artículo
- Votos necesarios para aprobar la instalación de un ascensor
- ¿Puedo oponerme al pago de la derrama para instalar el ascensor?
- ¿Quién paga la instalación del ascensor en una comunidad de vecinos y quién no?
- ¿Qué pasa cuándo hay un vecino se niega a pagar su parte?
- ¿Se puede financiar la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos?
Votos necesarios para aprobar la instalación de un ascensor
Para llevar a cabo un proceso de instalación de ascensor en un edificio de vecinos, en primer lugar hay que presentar el proyecto en la Junta de Propietarios y someterlo a votación. El número de votos requeridos para su aprobación no son siempre los mismos para cualquier propuesta: la ley distingue entre necesidades reales (mantenimiento del edificio y eliminación de barreras arquitectónicas) y mejoras en la calidad de vida y el confort de los inmuebles.
En el caso de la instalación de un ascensor, su aprobación necesita la aprobación de la mayoría de los propietarios, que a su vez sean representativas de la mayoría de cuotas de participación. Si la propuesta se aprueba en junta, independientemente de cuál sea la derrama del ascensor en 12 mensualidades, la comunidad estará obligada a instalarlo.
Por otra parte, el Artículo 10.b de la Ley de Propiedad Horizontal establece una excepción. Cuando la propuesta de instalar el ascensor venga de un propietario en cuyo inmueble vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con diversidad funcional o mayores de 70 años, no hará falta obtener el permiso de la junta.
Igualmente, existe una excepción a esta norma: si la derrama del ascensor excede a 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes, tendrá que ser aprobada en junta excepto en el caso de que el solicitante asuma el sobrecoste. En este caso, la obra seguirá siendo obligatoria aun sin el acuerdo de la junta.
¿Puedo oponerme al pago de la derrama para instalar el ascensor?
La distribución de una derrama de ascensor en 12 mensualidades no es igual para todos los propietarios. Cada vecino asumirá la parte correspondiente a su participación en cada inmueble, por lo que es probable que algunos paguen mensualidades más bajas que otros.
La LPH establece que es obligatorio que cada propietario abone su parte en los casos que mencionábamos en la sección anterior. Eso sí, si la derrama excede las 12 mensualidades de gastos comunes (una vez descontadas las ayudas del Gobierno, Comunidad Autónoma y/ Ayuntamiento) y la decisión no se aprueba en junta, podrás oponerte al pago.
Antes de empezar con el proceso, conviene informarse sobre presupuestos, subvenciones, procesos de instalación y empresas con garantías. Aquí puedes averiguar cuánto cuesta un ascensor en tu zona y qué profesionales son los más recomendados.
¿Quién paga la instalación del ascensor en una comunidad de vecinos y quién no?
La respuesta es que todos los propietarios deben pagar los costes de la instalación del ascensor si se da alguno de los dos supuestos antes comentados. En el Artículo 10.1 de la LPH queda claro que las intervenciones que garanticen la accesibilidad del edificio son obligatorias.
Puede que en los estatutos de la finca se indique que los bajos o los locales comerciales están exentos de abonar su parte de la derrama. En este caso habría que modificarlos, ya que todos los propietarios están obligados por igual. Descubre en qué otras situaciones existe una exención de pago del ascensor.
Por tanto, todos los propietarios de la comunidad deben asumir su parte de la derrama. En cuanto a los vecinos, aquellos que sean arrendatarios y vivan de alquiler no tendrán que abonar nada, ya que la derrama la asumirá el propietario (salvo acuerdo entre ellos).
Además, una vez instalado el ascensor habrá que someterlo a un mantenimiento regular obligatorio. Si estáis pensando en acometer una obra de estas características, no olvidéis consultar también cuánto cuesta el mantenimiento del ascensor para no llevaros sorpresas de última hora.
¿Qué pasa cuándo hay un vecino se niega a pagar su parte?
Si un vecino se niega a pagar el ascensor, la comunidad puede encontrarse con un problema complicado de resolver. En estos casos hay tres opciones:
- Intentar llegar a algún tipo de acuerdo. Si el propietario se encuentra en una situación complicada (de desempleo, por ejemplo), se podría intentar reducir sus cuotas o permitirle que empiece a abonarlas más adelante. En estos casos conviene levantar acta del acuerdo y firmarlo todas las partes.
- Llevar a los deudores "rebeldes" a juicio. Antes de llegar a estos extremos, lo más recomendable es informarles de que se va a proceder a presentar una demanda frente a sus impagos. Si las cosas siguen igual, la única opción será llevarles a juicio y buscar un acuerdo, ya que estos procedimientos son largos, caros y agotadores.
- Poner un sistema de funcionamiento con llave. Consiste en dividir los gastos entre los propietarios que estén dispuestos a pagar la derrama del ascensor en 12 mensualidades e instalar un sistema de este tipo. Los vecinos que no quieran abonar las cuotas no contarán con la llave y no podrán utilizar el ascensor, a no ser que abonen la parte que les corresponda. Esta práctica no se recomienda en absoluto, ya que la ley establece que todos los vecinos tienen derecho al uso del ascensor, lo hayan pagado o no. Y con la ley en la mano, el vecino al que se le ha impedido su uso podría demandar a la comunidad de propietarios, con todas las probabilidades de ganar. En este sentido puedes leer más sobre si me pueden prohibir usar el ascensor.
¿Se puede financiar la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos?
Incluso contando con las ayudas y subvenciones existentes para la instalación de ascensores, el coste de estas obras suele ser muy elevado. En ocasiones, son muchos los propietarios que se ven en apuros a la hora de abonar la derrama del ascensor en 12 mensualidades y deciden buscar una alternativa entre todos. La solución, en este caso, es buscar financiación.
Son muchas las empresas instaladoras de ascensores que ofrecen planes de financiación. Muchas empresas permiten pagar la obra en 12 plazos a lo largo de un año y sin intereses, lo que hace posible instalar el ascensor incluso aunque en la caja de la comunidad de propietarios no haya fondos suficientes.
Por otra parte, hay empresas que financian el coste de la obra en un plazo de hasta 10 años, aunque en casos como estos lo normal es que se cobren intereses. En cualquier caso, conviene mirar con lupa las condiciones, pedir referencias, solicitar varios presupuestos y tener en cuenta la cuantía de las subvenciones y el tiempo que se tardarán en cobrar.