¿Quién tiene exención de pago de los gastos del ascensor y por qué?
Son muchos los propietarios que se preguntan si es posible solicitar (y conseguir) una exención en el pago del ascensor. En estos casos, es importante saber qué dice la ley y con qué cartas contamos a la hora de entrar en el juego. Te explicamos todos los casos, te contamos cómo negociar una posible exención y te mostramos algunas sentencias que han sentado jurisprudencia.
- ¿Todos los propietarios están obligados a pagar los gastos de comunidad?
- ¿Todos los propietarios deben pagar la instalación o sustitución del ascensor?
- ¿Todos los propietarios deben pagar el mantenimiento del ascensor?
- Exención del gasto por falta de uso del ascensor
- ¿En qué casos los bajos o locales comerciales no pagan por el ascensor?
- Acuerdo en la exención de los gastos de mantenimiento del ascensor
- Sentencias del Tribunal Supremo sobre ascensores
- Preguntas frecuentes
¿Todos los propietarios están obligados a pagar los gastos de comunidad?
Antes de meternos en los casos en los que se podría dar una exención en el pago del ascensor, veamos qué pasa con los gastos de la comunidad. ¿Son obligatorios para todos los vecinos? En realidad sí lo son, pero para los propietarios. Si vives de alquiler, es posible que el abono de las cuotas recaiga sobre tu casero (a no ser que en el contrato se estipule lo contrario, algo que no suele ser lo habitual)
La Ley de la Propiedad Horizontal (LPH) señala que todos los propietarios deben "contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización". Por tanto, no hay exención posible para estos gastos.
¿Todos los propietarios deben pagar la instalación o sustitución del ascensor?
Vayamos ahora con lo que nos ocupa: ¿hay algún caso en el que se puede aplicar una exención en el pago del ascensor? Nos remitimos de nuevo a la LPH, donde se indica claramente que cualquier inversión para el mantenimiento del edificio o para mejorar su accesibilidad debe ser asumida por todos los propietarios, sin exención alguna y la derrama del ascensor no puede superar 12 mensualidades.
Si las obras tienen un fin meramente estético o no son realmente necesarias, los vecinos que no las hayan aprobado podrán negarse a abonar la derrama correspondiente. Y además, aunque no la paguen podrán disfrutarlas con el mismo derecho que el resto de los propietarios.
En el caso del ascensor, si su instalación es solicitada por una persona con discapacidad o mayor de 70 años, la junta deberá asumirla y todos los vecinos deberán pagar la derrama correspondiente. Siempre, de acuerdo con el Artículo 10.1b de la LPH. Por tanto, la respuesta es sí.
Si en tu edificio estáis valorando realizar una obra de este tipo, aquí te contamos cuánto cuesta un ascensor y cuál sería aproximadamente la inversión a realizar. ¡No te lo pierdas!
¿Todos los propietarios deben pagar el mantenimiento del ascensor?
En el caso del mantenimiento del ascensor, la cosa cambia ligeramente. En principio, la Ley de la Propiedad Horizontal (de nuevo en su Artículo 9) establece que los costes de mantenimiento de la instalación se deben repartir entre todos los propietarios, de acuerdo con las cuotas o como se decida en junta.
Pero si los estatutos de la comunidad de propietarios señalan que los pisos bajos y/o los bajos comerciales no deben abonar dichos gastos, entonces estos inmuebles estarán exentos de abonarlos. En este caso, los estatutos prevalecen por encima de la ley. Por tanto, y si así lo indican, podría haber vecinos que no pagarían el mantenimiento del ascensor.
Exención del gasto por falta de uso del ascensor
Cuando en una comunidad se valora proceder a una instalación de ascensor, suele haber voces discordantes que se niegan a participar en la derrama alegando que no lo van a utilizar. Suele ser el caso de los pisos bajos y los bajos comerciales. ¿Pueden obtener una exención en el pago del ascensor?
Como hemos comentado antes, si el ascensor se instala para mejorar la accesibilidad universal del edificio todos los propietarios deben asumir la derrama. Da igual que se utilice o no, lo que podría ser el caso de los bajos o los locales: se entiende que todos los propietarios deben contribuir a dicha accesibilidad.
Por otra parte, la instalación de un ascensor revaloriza los inmuebles y aumenta su precio de mercado, así que se considera una mejora para todos los propietarios.
¿En qué casos los bajos o locales comerciales no pagan por el ascensor?
Volvemos sobre lo comentado antes acerca de una posible exención en el pago del ascensor. De nuevo, la ley manda: la instalación no admite excepciones si ha sido solicitado por una persona en la situación antes indicada. Los bajos y locales comerciales no pagarían por el mantenimiento del ascensor, siempre que quede establecido en los estatutos de la comunidad y estos hayan sido elevados a escritura pública.
Por otra parte, es importante señalar que la sustitución del ascensor también debe ser asumida por todos los propietarios sin excepción.
Acuerdo en la exención de los gastos de mantenimiento del ascensor
En principio, la ley es clara. Pero negarse a abonar los gastos de mantenimiento del ascensor puede ser complicado; es fundamental conocer el proceso para solicitar dicha excepción. Estos son los pasos a seguir:
- El primer paso es solicitar una reunión de la junta de propietarios. En el orden del día deberá figurar una votación para establecer si los bajos y/o locales comerciales deben abonar los gastos.
- En la votación, la exención del pago debe ser aprobada por unanimidad (Artículo 17.6 de la LPH). Si un propietario vota en contra, no se aprobará.
- Si hay acuerdo, habrá que cambiar los estatutos y elevarlos a escritura pública, como comentábamos antes.
- Por otra parte, esta exención del pago del ascensor no exime a dichos propietarios de abonar la derrama correspondiente si hay que reparar o cambiar la instalación, o si se va a bajar el ascensor a cota 0.
No te pierdas esta guía en la que te contamos cuánto cuesta el mantenimiento de un ascensor. Os vendrá genial para poder calcular los costes que tendréis que añadir a las cuotas mensuales de vuestra comunidad.
Descubre en qué casos me pueden prohibir usar el ascensor.
Sentencias del Tribunal Supremo sobre ascensores
Todo lo relativo a una exención en el pago del ascensor suele ser fuente de conflictos vecinales. Por eso, conocer las sentencias que se han obtenido en algunos de los procesos judiciales en este campo resulta fundamental, sobre todo si queremos recurrir a la justicia para obtener una exención para nuestro caso. Estas son algunas de ellas:
- Sentencia 342/2013, del 6 de mayo y Sentencia 202/2014 del 23 de abril. En ellas queda patente y reforzara la obligación de todos los propietarios del edificio de asumir la derrama en los gastos de la instalación.
- Sentencia 678/2016 del 17 de noviembre. Incluye a los propietarios de locales y garajes en la obligación de pagar la derrama. Anteriormente a esta sentencia, estos no debían pagar sus cuotas; pero considerando el aumento en las cuotas del resto de los vecinos, la jurisprudencia consideró esta práctica injusta.
- Sentencia 216/2019 del 5 de abril y Sentencia 381/2018, del 21 de junio. Refuerza la obligación de pago para realizar obras de mejora en el ascensor, como por ejemplo bajarlo a cota 0.
- Sentencia STS 276/2021 del 10 de mayo. Por último, esta sentencia obliga a los propietarios de locales comerciales a abonar su parte de la derrama para bajar el ascensor a cota 0, al considerar esta mejora como imprescindible para el buen uso del edificio.
Preguntas frecuentes
¿Y si no puedo pagar la instalación del ascensor?
Puede suceder que algún vecino no cuente con recursos suficientes como para asumir su parte de los gastos. Si bien la ley obliga a todos los propietarios, sería posible acordar una cuota inferior a la mínima impuesta por la LPH para dicho vecino, siempre que lo apruebe la junta.
En estos casos, lo mejor es intentar llegar a un acuerdo que sea beneficioso para todas las partes, ya que la vía judicial suele resultar lenta, farragosa y costosa.
¿Cómo actuar si un vecino se niega a pagar los gastos de ascensor?
Si un vecino se niega a pagar el ascensor, lo más recomendable es llegar a un acuerdo entre él y la comunidad. La vía judicial es otra opción, pero como comentábamos, suele ser poco recomendable. Si no se llega a un acuerdo, otra opción es repartir las cuotas de dicho vecino entre el resto de los propietarios.
En algunos casos, las comunidades optan por impedirle el uso del ascensor mediante un sistema de acceso por llave o similar; sin embargo, la ley ampara a todos los propietarios o inquilinos, hayan pagado o no, en el uso de las instalaciones. El vecino "moroso" podría, por tanto, denunciar a la comunidad.