El pasado 15 de junio el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del Estado la normativa que regulará la batería de medidas para incentivar la rehabilitación energética del parque inmobiliario residencial de España. El Plan de Recuperación pone especial énfasis en las intervenciones pensadas para mejorar la eficiencia energética de las viviendas y serán las comunidades autónomas las que gestionen las cantidades asignadas a cada proyecto. Entre otros, señalamos la línea de avales del ICO por valor de 1.100 millones de euros que se destinarán a cubrir parte de los costes de esas intervenciones, así como una reserva extra de 450 millones para poder sufragar todas las deducciones fiscales.
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Viviendas particulares
Este plan de recuperación es un plan pensado tanto para las viviendas particulares como para los edificios residenciales en su conjunto. De esta forma, se establecen tres tipos de deducciones y ayudas, dos pensadas para las viviendas particulares y otra para los edificios residenciales al completo.
En cuanto a las deducciones para viviendas particulares, encontramos que las viviendas habituales que rebajen un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, algo que se podría conseguir perfectamente instalando ventanas de altas prestaciones, tendrán la oportunidad de optar a una deducción del 20% con un máximo de 5.000 euros por vivienda al año. Esta deducción se podrá realizar en el período impositivo en el que se expida el imprescindible certificado energético, pero siempre antes del 1 de enero de 2023.
Por otro lado, también están las intervenciones que reducen el consumo de energía no renovable de la vivienda en un 30% o que mejoren la calificación energética a B o A. Estas intervenciones serán susceptibles de generar una deducción del 40% con ayudas de hasta 7.500 euros al año.
En este último caso, las deducciones se podrán hacer desde el 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022 cuando sea una vivienda habitual o una casa alquilada. También en todas aquellas que estén actualmente en el mercado del arrendamiento y se alquilen antes del 31 de diciembre de 2023. En todo caso siempre será necesario un certificado energético.
Edificios residenciales
La deducción en edificios residenciales podría alcanzar hasta el 60% con un máximo de 15.000 euros por actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales donde caiga el consumo el 30% o se logre la certificación B o A. En estos casos, para la deducción tendremos que acudir a los ejercicios 2021, 2022 y 2023 en relación con las cantidades satisfechas en cada ejercicio, siempre y cuando el certificado esté expedido antes del 1 de enero de 2024.
Las tres deducciones son incompatibles entre sí en una misma obra. No obstante, podrían ser compatibles una deducción del 60% en un edificio residencial con cualquiera de las otras dos deducciones siempre y cuando se consideren obras diferentes.
IRPF y financiación
Estas ayudas públicas están exentas de tributar en el IRPF. Es más, en caso de realizar una reforma y no solicitar la subvención, también se puede deducir en la declaración el total de la inversión hasta el límite fiscal.
En cuanto a la financiación, esta ley contempla la creación de una línea de avales de hasta 1.100 millones de euros a través del ICO (Instituto de Crédito Oficial) para poder cubrir parcialmente la financiación de las obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Este presupuesto va unido a la mejora para facilitar la toma de decisiones en la comunidad de propietarios, además, refuerza la capacidad de actuación de comunidades para el acceso al crédito para obras de rehabilitación y mejora de los edificios.