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Qué hago si no me pagan una factura
Para este tipo de casos está el Procedimiento Monitorio que se creo por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 útil. Mediante este procedimiento, un autónomo podrá reclamar deudas sin límite de cuantía. Además, tiene un elevado porcentaje de éxito en la gestión del cobro.
Es quizá la vía más rápida y ágil a la hora de reclamar deudas de carácter económico, pues en este caso sólo vamos a necesitar la celebración de una vista o comparecencia ante el Juez cuando el deudor se oponga a la reclamación presentada. Pensad en otro tipo de vías, informaos y terminaréis llegando a la conclusión de que es una herramienta bastante interesante para los autónomos, así como para les pequeñas o medianas empresas, que pueden llegar a juntarse con impagos de diferentes clientes.
Cuáles son los requisitos del Procedimiento Monitorio
Lo primero que debemos saber es que este procedimiento sólo se puede realizar con reclamaciones económicas. No se puede extender a otro tipo de obligaciones, como que se concluya una obra. Por tanto, debe ser una deuda que se pueda expresar de forma numérica, con un montante concreto. Además, debe estar vencida en el momento en el que se presente la solicitud y ha de ser exigible, es decir, que el deudor esté obligado a su pago.
Cuánto tarda normalmente el Procedimiento Monitorio
El primer paso es presentar la solicitud, evidentemente junto con toda la documentación que acredite la deuda, como facturas, albaranes o contratos. Una vez se presente, el Letrado de la Administración de Justicia examinará toda la información dada para evaluar su admisión.
Una vez sea admitida nuestra reclamación, la Oficina Judicial procederá a requerir el pago al demandado. Esta es, sin duda, la fase más larga, pues la diligencia debe realizarse de forma personal con el deudor, siendo necesario el desplazamiento de un funcionario judicial al domicilio pertinente. Debemos tener paciencia en este punto, pues muchas veces hay problemas para localizar a los deudores.
Sin abogado ni procurador
Una de las ventajas de este procedimiento, además de ser sencillo y rápido, es que si la cuantía no supera los 2.000 euros, no vamos a necesitar abogado ni procurador. Con deudas inferiores será un procedimiento totalmente gratuito y no se pagarán tasas. Ahora bien, siempre es recomendable asesorarse, además, también es recomendable agotar todas las vías amistosas con el deudor, tales como reclamaciones telefónicas, cartas o emails.
Quizá muchos piensen que casi 9 meses es demasiado tiempo para determinadas deudas, no obstante, sigue siendo una herramienta muy interesante que puede facilitar procesos que, de otra forma, podrían alargarse muchísimo más.