Normativa de mantenimiento de Ascensores en 2025
Cumplir con la normativa de mantenimiento de ascensores, tanto domésticos como de uso público, es fundamental por cuestiones de seguridad. No hacerlo, además, puede conllevar el precinto o inmovilización del aparato. Pero ¿qué normativa se aplica? ¿Qué trabajos de mantenimiento son obligatorios y con qué periodicidad se deben realizar? Vamos a responder a estas y otras preguntas para que no te quede ninguna duda al respecto.
- Normativa vigente sobre mantenimiento de ascensores
- Ámbito de aplicación de la normativa según el tipo de ascensor
- Mantenimiento mínimo obligatorio
- Objetivo de la normativa de mantenimiento
Normativa vigente sobre mantenimiento de ascensores
En todo lo relacionado con el mantenimiento de un ascensor, la normativa por la que hay que guiarse actualmente es la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención. La Instrucción Técnica Complementaria se aprobó por Real Decreto en el año 2013 y aún permanece vigente.
Esta norma regula todo aquello que tiene que ver con el mantenimiento y conservación de ascensores y elevadores. Incluye también los requisitos que deben cumplir en general las empresas encargadas de estas tareas. Y, además, recoge aspectos importantes sobre el diseño, fabricación y puesta en marcha de los aparatos.
¿Qué es lo primero que conviene conocer? Que, tal y como se recoge en la ITC, la normativa de mantenimiento de ascensores se aplica a cualquier aparato de elevación instalado permanentemente, cuya inclinación sobre la horizontal sea superior a 15 grados, se pueda controlar desde el interior y cuya finalidad sea cualquiera de las siguientes, independientemente de su velocidad o altura:
- Transporte tanto de personas
- Transporte de objetos, siempre y cuando el habitáculo sea accesible para personas.
- Transporte de personas y objetos.
¿Por qué necesitas saberlo? Porque significa que la normativa se aplica no solo a esos ascensores que utilizamos habitualmente en edificios públicos, comunidades de vecinos, viviendas unifamiliares o comercios, entre otros. En determinadas circunstancias también se puede aplicar a otro tipo de aparatos como pueden ser montacargas.
La ley, sin embargo, también establece ciertas excepciones. Hay dos que conviene conocer:
- Elevadores que se desplazan por escaleras o rampas, como son sillas y plataformas salvaescaleras.
- Elevadores verticales de corto recorrido que salvan una distancia inferior a la que existe entre dos plantas.
¿Quién es responsable del mantenimiento del ascensor?
Respecto al responsable del mantenimiento de ascensores, la normativa es clara: es el titular y, como tal, se entiende el propietario o el arrendatario. ¿Qué es lo que le exige la ley?
- Mantener el ascensor en buen estado de mantenimiento.
- Suscribir un contrato de mantenimiento con empresa conservadora de ascensores.
- Impedir que el elevador funcione en caso de que no sea seguro.
- Dar aviso de cualquier anomalía de inmediato a la empresa conservadora.
Conocer esta información es importante por dos motivos. El primero de ellos, porque si resides en un edificio, debes saber que la comunidad es la propietaria y responsable del correcto mantenimiento del aparato. Si eres presidente, una de tus funciones es servir de nexo con la empresa encargada del mantenimiento y notificar cualquier avería o funcionamiento anómalo.
El segundo motivo es que, en caso de accidente o circunstancia que pueda poner en riesgo tu seguridad como usuario, cualquier reclamación debe dirigirse al propietario. En grandes edificios de uso público a veces este aspecto puede generar confusiones.
Ámbito de aplicación de la normativa según el tipo de ascensor
Aunque el correcto mantenimiento del ascensor sea obligatorio, el tipo de aparato condiciona toda una serie de aspectos, especialmente en lo que se refiere a la periodicidad de las revisiones preventivas. ¿Qué es lo que indica la normativa legal?
- Ascensores de viviendas unifamiliares o cuya velocidad no supere los 0,15 m/s deben pasar las revisiones cada cuatro meses.
- Ascensores de cualquier edificio comunitario de uso residencial y no más de seis paradas deben revisarse cada seis semanas.
- Ascensores de uso público y hasta cuatro paradas deben ser objeto de revisión de mantenimiento preventivo cada seis semanas.
- Para el resto de ascensores, la normativa establece que las revisiones serán con carácter mensual.
Además, la empresa conservadora elegida tiene que entregar al titular un informe con el resultado de esas visitas de mantenimiento preventivo. También debe llevar un registro cuyo contenido pueden consultar tanto el titular como la Administración en caso de necesidad.
Inspecciones periódicas obligatorias
Un aspecto muy importante que no debes pasar por alto es que las revisiones de mantenimiento preventivas son una cosa y las inspecciones reglamentarias obligatorias son otra diferente y no hay que confundirlas.
¿Qué es la inspección reglamentaria? Es una revisión periódica que realiza un organismo de control autorizado (OCA). El objetivo es garantizar el perfecto estado del aparato. Estos plazos también dependen del tipo de ascensor:
- Cada dos años en ascensores instalados en lugares de pública concurrencia o edificios de uso industrial.
- Cada cuatro años en edificios residenciales con más de veinte viviendas o más de cuatro plantas.
- Cada seis años en el resto de casos.
- Cuando la autoridad competente lo requiera.
- Cuando se haya producido un accidente con daños personales.
¿Qué ocurre si se detectan anomalías? Si son leves, habrá que subsanarlas antes de la próxima inspección obligatoria. En caso de que sean graves, hay un plazo de seis meses para su reparación, tras lo cual se realizará una nueva inspección. Si los defectos son tan serios que ponen en riesgo la seguridad de las personas o para la propia instalación, el aparato quedará fuera de servicio hasta que se resuelvan y una nueva inspección por parte de la OCA de ascensores compruebe que, efectivamente, se han hecho las reparaciones oportunas.
Mantenimiento mínimo obligatorio
Para garantizar nuestra seguridad, la normativa de mantenimiento de ascensores obliga a los propietarios a asegurarse de que los aparatos están siempre en el mejor estado posible. Y para ello deben suscribir un contrato con una empresa especializada que se encargue de su manutención. Pero estas también están obligadas a cumplir algunas condiciones:
- Realizar las revisiones obligatorias.
- Atender incidencias y averías.
- Registrar las tareas de mantenimiento e información sobre cualquier actuación que se hay realizado en el elevador.
- Notificar al titular si hay elementos o piezas deterioradas o que impliquen riesgo.
- Si existe algún tipo de peligro, interrumpir el funcionamiento del ascensor.
- Mantener un registro de actuaciones y matenimientos. Este debe incluir todos los datos e información de interés, notificar a Industria accidentes en los ascensores y ponerse en contacto con el titular para avisar de que es necesario pasar la Inspección Periódica Obligatoria.
¿Cómo se realizan a las tareas de mantenimiento preventivas? La empresa debe revisar convenientemente todos los componentes del ascensor, desde la cabina a las puertas, cableado y maquinaria. Y para ello debe contar con personal cualificado.
Lo que no marca la norma es el coste del servicio. Por ello, el precio de mantenimiento de ascensores puede variar de unas empresas a otras. Mucho más si se tienen en cuenta servicios adicionales que pueden incluir en contratos ampliados. El consejo es dedicar parte de nuestro tiempo a comparar antes de elegir porque el ahorro puede ser importante.
Objetivo de la normativa de mantenimiento
En el caso del mantenimiento de los ascensores, la normativa tiene un objetivo evidente: garantizar la seguridad tanto de los usuarios como de las instalaciones. Por ello se regulan de manera estricta las revisiones preventivas y las inspecciones reglamentarias según el tipo y el uso que tengan los diferentes aparatos. De esta forma, además, se asegura la accesibilidad en todo momento a aquellos edificios en los que el ascensor sea imprescindible.
Pero la norma va mucho más allá. Por eso, regula también los requisitos mínimos y condiciones que las empresas mantenedoras deben cumplir para poder obtener la acreditación que les permita realizar su actividad con todas las garantías: presentación de declaración responsable, personal técnico suficiente y cualificado, medios adecuados para la prestación de servicios de calidad o seguros de responsabilidad civil, entre otros.