El Consejo General de Economistas de España (CGE) y el Consejo Superior del Colegio de Arquitectos de España (CSCAE) han elaborado la “Guía sobre desgravaciones fiscales para la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales” a través de los fondos europeos Next Generation. Con esta guía se pretende analizar la situación actual de las viviendas españolas, así como explicar detalladamente cuáles son los beneficios fiscales que se pueden obtener a la hora de actualizarlas.
Situación actual de la vivienda española
En la guía se hace una lectura de la situación del país en el que cerca de 5,5 millones de edificios residenciales y unos 9,7 millones de viviendas son anteriores a la normativa reguladora de las condiciones térmicas de los edificios en 1980. Si a esto le sumamos el análisis de la calidad de los edificios existentes a partir de su calificación energética, nos damos cuenta de que más del 80% cuentan con niveles malos o muy malos en términos de emisiones. En el caso del consumo energético el porcentaje aun es mayor.
Todo ello pone de manifiesto la importancia del plan específico para la edificación “Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia” que ha sido dotado hasta el momento con 6.820 millones de euros y que, entre algunos objetivos más, destaca el interés por impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario de España.
La guía presentada pretende recopilar toda la información necesaria y completamente actualizada para poder entender los términos en tributación y bonificaciones existentes para estas actuaciones de rehabilitación tan necesarias.
Tres deducciones
En este plan se establecen tres deducciones que son completamente explicadas en la guía. Dos de ellas están pensadas para las viviendas particulares, mientras que la tercera estaría pensada para las intervenciones en edificios residenciales al completo.
- Si entramos en materia, vemos que las obras en la vivienda habitual que rebajen un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, opta a una deducción del 20% con un máximo de 5.000 euros por vivienda al año. Esta deducción podrá realizarse en el período impositivo o en el que se expida el certificado energético que es completamente esencial, siempre antes del 1 de enero de 2023. Asimismo, esta rebaja energética podría conseguirse fácilmente instalando ventanas nuevas de altas prestaciones o apostando por mayor aislamiento en general en la vivienda.
- Por otro lado, aquellas viviendas que logren con sus obras reducir el consumo de energía no renovable en un 30% o mejoren la calificación energética a A o B, podrán beneficiarse de una deducción del 40% con un máximo de 7.500 euros al año. En este caso, la deducción podrá realizarse desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, tanto en casas habituales como en casas alquiladas. También aquellas que estén dentro del mercado del arrendamiento y que estén alquiladas antes del último día de 2023.
- Por último, tendríamos una deducción del 60%, con un máximo de 15.000 euros al año, por actuaciones de rehabilitación energética en los edificios residenciales en los que el consumo baje el 30% o se alcance la certificación A o B. En este caso concreto, la guía recuerda que el momento de deducirse este importe es en los ejercicios 2021, 2022 y 2023, siempre en relación a las cantidades satisfechas en cada uno de ellos y siempre que se hubiera expedido el certificado antes del 1 de enero de 2024.
IRPF e IVA
En la guía, los economistas y arquitectos que la han elaborado recuerdan que estas ayudas públicas están exentas de tributar en el IRPF. Además, añaden que aunque se realicen estas reformas y obras de mejora sin solicitar la subvención, también se puede deducir en la declaración de Hacienda el total de la inversión.
Es posible, también optar al IVA de tipo reducido, pero para ello, el objeto final de las obras debe ser la construcción de la edificación y el coste debe exceder el 25% del precio de adquisición.
En el documento también se puede ver que tributan al tipo reducido las ejecuciones de obras cuando los contratos se formalicen directamente entre el promotor y contratista.
Algunas consideraciones generales
La guía es extensa y entra en detalle en muchísimos aspectos relacionados con estas ayudas. No obstante, podemos extraer algunas consideraciones generales que se deben tener siempre en cuenta:
- Antes de iniciar cualquier obra, siempre será necesario pedir el certificado energético expedido por profesionales competentes. Además, también será necesario contar con otro al finalizar la obra para poder ver el ahorro.
- Todos los incentivos y ayudas pueden ser aplicados en viviendas que se tengan en arrendamiento.
- Si se realizan obras en comunidades de vecinos para mejoras energéticas, cada vecino podrá desgravarse en función de su cuota de participación en la comunidad.
- Las subvenciones obtenidas para la ayuda de la rehabilitación que estén concedidas en virtud de los distintos programas no se tendrán en cuenta para la aplicación de los beneficios fiscales.
- Una misma obra no puede beneficiarse de más de un incentivo fiscal, serán siempre obras diferentes y por separado.
- Etiquetas descriptivas:
- técnicos, decoradores, ayudas rehabilitación
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